El Decreto 1419 de 2026 contempla una reducción transitoria de sanciones y una tasa especial de intereses de mora para determinados contribuyentes. Conocer las condiciones y fechas es fundamental.
De acuerdo con la información publicada por la DIAN, el Decreto Legislativo 1419 de 2026 contempla para determinados casos una reducción del 85 % de las sanciones, de manera que se pagaría el 15 % restante, además de una tasa preferencial de intereses moratorios del 4,5 % anual. Estas medidas están dirigidas a obligaciones que cumplan las condiciones establecidas por el decreto y tienen como fecha límite general para varios de estos beneficios el 19 de noviembre de 2026.
El artículo 9 contempla un mecanismo para determinadas obligaciones tributarias, aduaneras o cambiarias que se encontraban en mora al 10 de agosto de 2026. Por su parte, el artículo 10 contempla situaciones relacionadas con declaraciones omitidas, correcciones y determinadas obligaciones formales. En ambos casos existen requisitos específicos que deben revisarse antes de aplicar el beneficio.
Por eso, antes de realizar cualquier liquidación o pago, es importante verificar el tipo de obligación, la fecha, el domicilio fiscal cuando corresponda, las condiciones establecidas en el decreto y el plazo aplicable. La herramienta publicada por Actualícese permite realizar una estimación bajo los escenarios contemplados en los artículos 9 y 10, aunque la situación particular debe ser validada con un profesional tributario.
Cuando una empresa mantiene sus procesos organizados, sus equipos pueden consultar información y realizar revisiones con mayor facilidad. Esto aplica también a la gestión de nómina: novedades, turnos, conceptos de pago, pre-nómina, informes y nómina electrónica requieren información estructurada y trazable.
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Conoce Caudata NóminaNota: Este artículo tiene carácter informativo. La aplicación de cualquier beneficio debe validarse de acuerdo con el texto vigente del Decreto 1419 de 2026 y la situación particular del contribuyente.