Nómina y prestaciones sociales en Colombia

La nómina de empleados, prestaciones, Seguridad social y demás conceptos generados en la misma, deben ser registrados en tu contabilidad y aunque este proceso puede ser un poco tedioso, existen diferentes herramientas tecnológicas como los software de nómina y contables que puede  hacer el registro de tus proyectos y disminuir el tiempo que empleas en el proceso, entre muchos beneficios más. 

La nómina es un pago periódico que las empresas y/u organizaciones realizan a sus empleados. Este pago puede realizarse de manera mensual, quincenal o semanal, etc. En las nóminas encontramos el salario devengado, las deducciones, así como las retenciones, y otros tipos de beneficios salariales.

Dentro del salario ganado se considera el salario base, las horas extra, comisiones, apoyo o auxilio en transporte, recargo u horas extras nocturnas, recargo u extras por dominicales y festivos.

Las deducciones son las cifras parte del salario devengado, pero que se restan, entre estos valores “negativos” encontramos los aportes por la seguridad social, embargos judiciales, libranzas, deudas que el colaborador tenga con la organización, el fondo de solidaridad personal, y las cuotas de los sindicatos. Es importante aclarar que estas deducciones deben ser autorizadas por la ley y en común acuerdo con el empleado, además de que no aplican a todos los colaboradores y se pagan al empleador y/o a terceros. Las empresas deben pagar ciertos valores, puede ser durante los primeros días de cada mes o anualmente, y están sujetos a diferentes conceptos. Entre los valores de cargas prestacionales encontramos los aportes parafiscales, seguridad social, prestaciones sociales, etc.

A la realización de la nómina se le conoce como liquidación de nómina, y para poder llevarla a cabo es necesario que se calculen los valores ganados o trabajados, contemplando las deducciones, todo esto sujeto a un periodo determinado, así podremos habiendo considerado todos estos detalles, obtendremos el valor total a pagar.

¿Qué obligaciones debe tener el empleador con el trabajador?

A continuación te presentamos las obligaciones que deberá pagar el empleador y las obligaciones que se le deducirán al trabajador:

Devengado

Son los ingresos percibidos por los empleados como el salario, comisiones, viáticos, bonificaciones, etc. Estos ingresos son la base para poder realizar el cálculo de la seguridad social, parafiscales y de las prestaciones sociales.

  • Salario básico
  • Horas extras

Auxilio/apoyo de transporte

Es una prestación que se otorga a los trabajadores que perciben hasta dos salarios mínimos mensuales, con esta se busca apoyar a los empleados con el transporte que utilizan desde casa hasta el lugar de trabajo. Esta percepción, así como su valor, es establecida por el gobierno.

Seguridad Social

El empleador proporciona seguro social a su empleado, para cubrirlo en caso de que ocurra algún accidente en el trabajo, que exista alguna complicación de salud, etc. También funciona en el retiro laboral del trabajador

  • 12% de pensión
  • 8.5% de salud

Administración de riesgos laborales (ARL)

Éste será determinado con base en el nivel de riesgo de la actividad que realiza el empleado, además de ser calculado sobre el devengado.

  • 0.522% ARL

Tasa de cotización ARL Colombia:

Clase de riesgo – Valor inicial

  • I – 0.522%
  • II – 1.044%
  • III – 2.436%
  • IV – 4.350%

Parafiscales

Éstos aportes son obligatorios, tributan al soporte del SENA, ICBF, etc., y de igual manera son calculados sobre el devengado. 

  • 2% SENA
  • 3% ICBF
  • 4% Caja de compensación
  • Empleado

Deducciones

  • 4% Salud
  • 4% Pensión

Otras deducciones

  • Libranzas
  • Créditos con el empleador

Aportes al Fondo de solidaridad pensional (FSP):

De acuerdo a la ley, todo colaborador que perciba más de 4 salarios mínimos tiene el deber de destinar a este fondo un aporte que inicialmente es del 1% sobre el devengado.

A continuación, la tabla que contiene los porcentajes que se deben aportar el fondo de solidaridad pensional dependiendo del nivel de ingresos, o ingreso base de cotización.

Rango salario

Porcentaje adicional

>=4 a <16

1%

>=16 a 17

1,2%

De 17 a 18

1,4%

De 18 a 19

1,6%

De 19 a 20

1,8%

Superiores a 20

2%



¿Cuáles son las prestaciones de ley en Colombia 2022?

Las prestaciones en Colombia se dividen en 4 partes: prima de servicio, cesantías, intereses sobre las cesantías y vacaciones. Estos pagos, por derecho, deben ser recibidos por todos los colaboradores de acuerdo al código sustantivo del trabajo, los empleados.

¿Cuánto se debe pagar por prestaciones sociales en Colombia?

  • Cesantías: estas son un ahorro obligatorio que se entregarán al colaborador cuando termine la relación laboral. La cifra equivale a un mes de salario, por un año devengado.
  • Intereses sobre las cesantías: este punto se refiere al rendimiento sobre las cesantías reunidas al 31 de diciembre y corresponden al 12%. 
  • Prima de servicios: estos pagos se realizan dos veces al año, en junio y en diciembre, equivale a un mes de salario por un año laborado.
  • Vacaciones: este derecho de todo empleado consiste en descansar 15 días pagados por la empresa, esto por año trabajado. 
  • Provisión Prestaciones sociales mensuales:
  • 8.33% Cesantías.
  • 1% Intereses sobre las cesantías.
  • 8.33% Prima de servicios.
  • 4.17 % Vacaciones.

¿Cuáles son los tipos de prestaciones sociales?

En Colombia existen 3 prestaciones principales:

  • Prima de servicio: la cual equivale a 15 días de salario, en un periodo laborado de 6 meses; lo que se traduce a 2 pagos que se realizan el 30 de junio y el 20 de diciembre, también al término de un contrato laboral.
  • Auxilio de Cesantías: el propósito de este beneficio es darle al colaboradores un recurso para subsistencia en la finalización del contrato laboral.
  • Intereses de cesantías: el empleador tiene la responsabilidad de pagar al colaborador intereses sobre las cesantías, los cuales serán con una tasa anual del 12%. Dicho pago se realizará cada año en enero. 

Angela tatiana correa

Contadora Publica
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